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(Español) Aval a primer requerimiento
Aval a primer requerimiento.
Revocando la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, y en la misma línea de otra sentencia del TS de 17 febrero 2.000, confirma que la obligación de pago asumida por el garante se constituye como una obligación distinta, autónoma e independiente, de las que nacen del contrato cuyo cumplimiento se garantiza.